Miembros

De Partido_Pirata

Tabla de contenidos

FAQ

Condiciones para hacerse miembro

Provisionalmente basta apuntarse en la lista de más abajo.

Discusión de las condiciones para hacerse miembro

Cómo hacerte miembro

  • Acceder al sistema *.partidopirata.es y crear una cuenta de usuario -lo cual convierte ya de entrada al usuario en simpatizante-; para ello solo es necesario escoger un pseudónimo (nick) y facilitar una cuenta de correo.
  • Posteriormente y una vez ingresado -con el pseudonimo y la contraseña de usuario- acceder al formulario de afiliacion -ver el logo que dice Afíliate- y completarlo
  • Si tuvieras algun problema contacta con el DIP en dip [arroba] partidopirata.es

¿Qué status puedo tener en PIRATA?

Simpatizante

Derechos
  1. Participar en las actividades del partido, así como asistir a la Asamblea Nacional, de acuerdo con los estatutos.
  2. A ser informados acerca de la composición de los órganos directivos y de administración y sobre la situación económica.
  3. A impugnar los acuerdos de los órganos del partido que estimen contrarios a la Ley, a los Estatutos y/o los Reglamentos de PIRATA.
  4. Ser informados, a través del Comité Sectorial de Relaciones Públicas, sobre aquellas decisiones adoptadas por los órganos directivos y sobre las actividades realizadas.
  5. Demandar del partido la intervención para la defensa de su presunción de inocencia en aquellos procedimientos judiciales que tuviesen lugar y que les afectasen de alguna forma, cuando todos o parte de los cargos que se les imputasen estuviesen relacionados con el ámbito ideológico del partido.
  6. Recibir asesoramiento técnico y jurídico sobre temas relacionados con el ideario del partido
Deberes
  1. Compartir las finalidades del partido y colaborar para la consecución de las mismas.
  2. Respetar lo dispuesto en los estatutos y sus reglamentos, y en las leyes.
  3. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos directivos del partido

Pre-afiliado

  • Es un simpatizante que ha rellenado el formulario de afiliación y esta pendiente de su validación o rechazo por parte del Secretario de la Junta Directiva Nacional

Afiliado

  • Despues de ser validada la solicitud de afiliación y siempre que se haya abonado la cuota de afiliación -para ser afiliado de pleno derecho hay que estar al corriente de pago-, se convierte uno en afiliado.
Derechos
  1. Participar en las actividades del partido, así como asistir a la Asamblea Nacional, de acuerdo con los estatutos.
  2. Ser informados acerca de la composición de los órganos directivos y de administración y sobre la situación económica.
  3. Impugnar los acuerdos de los órganos del partido que estimen contrarios a la Ley, a los Estatutos y/o los Reglamentos de PIRATA.
  4. Participar en los órganos de gobierno y representación de PIRATA y ejercer el derecho de voto.
  5. Ser electores y elegibles para los cargos del mismo.
  6. Ser informados acerca de las decisiones adoptadas por los órganos directivos y sobre las actividades realizadas.
  7. Impugnar los acuerdos de los órganos del partido que estimen contrarios a la Ley o a los Estatutos.
  8. Demandar del partido la intervención para la defensa de su honor y su propia imagen cuando éstos fueran puestos en tela de juicio desde pronunciamientos públicos; así como demandar del partido la intervención para la defensa de su presunción de inocencia en aquellos procedimientos judiciales y parlamentarios que tuviesen lugar y que les afectasen de alguna forma. Esta demanda sólo podrá ser requerida para aquellos actos realizados por el afiliado en representación de PIRATA o en consecución de los fines de PIRATA, siempre que el afiliado haya respetado la legislación vigente y los acuerdos de los órganos de PIRATA.
  9. Ser seleccionado para formar parte de las candidaturas que el "PIRATA" presente en los diferentes procesos electorales, con arreglo a los requisitos especificados en el artículo 25 de los Estatutos.
Deberes
  1. Compartir las finalidades del partido y colaborar para la consecución de las mismas.
  2. Respetar lo dispuesto en los estatutos y sus reglamentos, y en las leyes.
  3. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos directivos del partido
  4. Abonar las cuotas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada uno.
  5. Colaborar con la Justicia y con las comisiones y sesiones parlamentarias para las que hubiese lugar en los casos en que se requiriese su colaboración y/o se plantease su imputación o procesamiento.
  6. Participar en los procesos electorales como interventores o apoderados de "PIRATA" cuando sean requeridos para ello, de acuerdo con lo estipulado en el Título Primero, Capítulo Sexto, Sección Décima de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Miembros

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Estadísticas

En breve proporcionaremos estadísticas actualizadas del número de afiliados (varones y mujeres), pre-afiliados y simpatizantes