Agrupaciones Territoriales Guía

De Partido_Pirata

(En construcción; si te quedan más dudas, plantéalas a la Junta Directiva Nacional para que puedan ser resueltas)

Tabla de contenidos

¿Cómo se constituye una Agrupación Territorial?

Requisitos básicos

  • Uno o más afiliados pertenecientes al ámbito territorial donde se quiera crear la Agrupación Territorial, dispuestos a ejercer de anfitriones.
  • Al menos 3 afiliados que no pertenezcan ni a la Junta Directiva Nacional ni al Comité de Derechos y Garantías, para formar la Junta Directiva de la Agrupación Territorial

Procedimiento

  • En primer lugar, los afiliados que deseen promover la constitución de la Agrupación Territorial deben contactar por correo electrónico con la Junta Directiva Nacional, indicando día, hora y lugar para la reunión con afiliados y simpatizantes del ámbito territorial correspondiente, así como medios de contacto
    • Se recomienda hacer una reunión preliminar por chat para estar seguros de la gente interesada en acudir a la Reunión Fundacional de la Agrupación Territorial
  • Después, la Junta Directiva Nacional contactará a los afiliados y simpatizantes del ámbito territorial en cuestión, convocándoles a la hora y día y en el lugar señalado por los anfitriones
    • Igualmente, se les facilitarán los datos de contacto de los anfitriones, para que aquellos afiliados y simpatizantes que lo deseen puedan contactar directamente con los anfitriones y así facilitar la organización de la Reunión Fundacional
  • En la Reunión Fundacional deberá aprobarse un acta de la misma en la que deberá indicarse, como mínimo:
    • los asistentes -al menos los afiliados-
    • qué afiliados ocuparán qué cargos internos de la Agrupación Territorial
    • si hubiesen acordado normas particulares para la Agrupación Territorial, indicar cuáles son para su eventual aprobación por parte de la Junta Directiva Nacional

Resultado

Si la Agrupación Territorial no plantea normas particulares -i.e., reglamento propio-, o si lo plantea y la Junta Directiva Nacional da su aprobación a las mismas, la Agrupación Territorial quedará formalmente constituida.

¿Qué ámbitos tienen las Agrupaciones Territoriales?

PIRATA corresponde al ámbito nacional. Después, existen tres ámbitos cuyo tratamiento depende de la región de la que estemos hablando.

Regiones pluriprovinciales peninsulares

Tomando como ejemplo la Comunidad Valenciana:

  • puede ser constituida la Agrupación Municipal de Algemesí
  • y/o puede ser constituida la Agrupación Provincial de Valencia
  • y/o puede ser constituida la Agrupación Autonómica Valenciana

Regiones uniprovinciales peninsulares

No cabe hablar de provincias en comunidades uniprovinciales; tomando como ejemplo la Región de Murcia:

  • puede ser constituida la Agrupación Municipal de Ulea
  • y/o puede ser constituida la Agrupación Autonómica Murciana

Canarias y Mallorca

En las dos Comunidades Autónomas insulares, por ser insulares no cuentan las provincias sino las islas. En las Canarias, por ejemplo:

  • puede ser constituida la Agrupación Municipal de Alajeró
  • y/o puede ser constituida la Agrupación Insular de la Gomera
  • y/o puede ser constituida la Agrupación Autonómica Canaria

Ceuta y Melilla

Aunque en puridad Ceuta y Melilla son ciudades -por lo que teorícamente su ámbito sería el municipal-, son a la sazón ciudades autónomas; por consiguiente, y dado que:

  • una Ciudad Autónoma es para la Administración Pública jerárquicamente superior a un municipio y jerárquicamente inferior a una Comunidad Autónoma
  • no existe un ámbito definido en PIRATA para las Ciudades Autónomas
  • no sería justo equiparar un territorio que es circunscripción electoral nacional con un mero municipio

las Agrupaciones Territoriales que pueden ser allí creadas serán Agrupaciones Autónomicas:la Agrupación Autonómica Ceutí y la Agrupación Autonómica Melillense

¿Quiénes son miembros de una Agrupación Territorial?

Son miembros natos de una Agrupación Territorial todos los afiliados de PIRATA que residan en su ámbito territorial. Según los ejemplos anteriores, si se constituye la Agrupación Municipal de Algemesí, todos los algemesinenses afiliados a PIRATA serían miembros de dicha Agrupación Municipal; al mismo tiempo, serían miembros de la Agrupación Provincial de Valencia y de la Agrupación Autonómica Valenciana -si hubiesen sido o fuesen a ser constituidas-.

Simpatizantes

Para las Asambleas Territoriales, y salvo que se establezca lo contrario (previo consentimiento de la Junta Directiva Nacional), aquellos simpatizantes residentes en el ámbito territorial correspondiente tendrán derecho de asistencia y voz en sus reuniones.

¿Existe jerarquía territorial?

Sí, de acuerdo con los Estatutos y el Reglamento de la Junta Directiva Nacional. La jerarquía se establece de dos modos:

  • un modo directo, en la constitución de las Agrupaciones Territoriales, por parte de la Junta Directiva Nacional
  • un modo indirecto, en el funcionamiento diario, por parte de la Junta Directiva de la Agrupación Territorial de ámbito inmediatamente superior:
    • La Junta Directiva Nacional coordina las Juntas Directivas de todas las Agrupaciones Autonómicas
    • Cada Junta Directiva Autonómica coordina las Juntas Directivas de todas las Agrupaciones Insulares/Provinciales de su ámbito territorial -excepto las Comunidades Autónomas uniprovinciales, Ceuta y Melilla (estas dos últimas no tendrán otras Agrupaciones Territoriales en su ámbito territorial)-, además de las Agrupaciones Municipales -en el caso de Comunidades Autónomas uniprovinciales-
    • Cada Junta Directiva Insular/Provincial coordina las Juntas Directivas de todas las Agrupaciones Municipales de su ámbito territorial

Competencias de una Agrupación Territorial

En su ámbito territorial, las Agrupaciones Territoriales tendrán las siguientes competencias:

Ayudar a la óptima ejecución de los programas, estrategias y directrices del partido

Más información aquí.

Enlace con el exterior

Servir de enlace entre los ciudadanos residentes en su ámbito territorial, y el Comité Sectorial de Relaciones Públicas.

Esta función es de especial importancia en aquellos ámbitos territoriales con menor proporción de usuarios de Internet, donde la brecha tecnológica haga más complicada la comunicación del Comité Sectorial de Relaciones Públicas con la ciudadanía.

Vertebración interna

Servir de enlace entre los afiliados de su ámbito territorial, y el Comité Sectorial de Relaciones Públicas, para la cohesión y vertebración interna del partido. Esto ayudará a fomentar un espíritu de grupo a nivel nacional, a que unas y otras Agrupaciones Territoriales se ayuden solidariamente -en especial las más próximas entre sí- y a sacar adelante los proyectos del partido, pensados siempre con el propósito de llevar a cabo los fines del partido.

Igual que de cara al exterior, la vertebración interna es fundamental para ámbitos territoriales con menor proporción de usuarios de Internet, donde la brecha tecnológica dificulte la comunicación entre los órganos nacionales del partido y sus afiliados -así como entre las diversas Agrupaciones Territoriales de uno de dichos ámbitos territoriales-.

Presentarse a los procesos electorales propios del ámbito de la Agrupación

Si hay elecciones autonómicas, municipales, a diputaciones provinciales, cabildos, etc, para que PIRATA se presente:

  • primero, debe existir una Agrupación Territorial en el ámbito territorial correspondiente a tal elección
  • luego, tienen que querer presentarse los miembros de dicha Agrupación Territorial
    • son los miembros de una Agrupación Territorial los que eligen a los miembros de las candidaturas de su ámbito territorial; no obstante, y dado que -salvo que decida dicha Agrupación Territorial lo contrario- nada en el Reglamento de la Asamblea Nacional lo impide, si por cuestiones numéricas o de paridad de listas necesitan gente, pueden apelar a los miembros de otras Agrupaciones Territoriales en los términos que la ley electoral contemple.
  • finalmente, debe aprobarlo de la Junta Directiva Nacional.

Interacción entre las Juntas Directivas y los Comités de Derechos y Garantías

Juntas Directivas

Es obligatorio para toda Agrupación Territorial que su Junta Directiva tenga al menos un Presidente, un Secretario y un tesorero. Después, como queda reflejado en sendos artículos del Reglamento de Asuntos Contables y Documentación, quedará en cada Agrupación Territorial decidir si llevan una gestión documental y/o económica independiente, o directamente gestionada por la Junta Directiva del ámbito jerárquicamente superior.

Interacción genérica entre Juntas Directivas

Como órganos ejecutivos que son, las Juntas Directivas de ámbito territorial jerárquicamente superior transmitirán a las de ámbito jerárquicamente inferior las instrucciones oportunas para llevar a cabo los fines del partido, quedando en manos de las Juntas Directivas de ámbito jerárquicamente inferior la toma de las medidas que consideren oportunas para cumplir eficaz y fielmente las directrices recibidas.

Aparte de las directrices recibidas, también podrán las Juntas Directivas ejecutar otras directrices recibidas por la Asamblea de su ámbito territorial, partiendo de la base de que dichas directrices no se opongan a los objetivos y directrices del ámbito jerárquicamente superior.

En otras palabras, por ejemplo:

  • La Agrupación Insular de la Gomera deberá ejecutar fielmente las instrucciones que le haga llegar la Agrupación Autonómica Canaria; la Agrupación Insular, mejor conocedora de sus recursos y limitaciones, tendrá margen para considerar la forma más eficaz de llevar a cabo dichas tareas.
  • A su vez, la Agrupación Insular, a instancias de sus miembros, tendrá autonomía para poder ejecutar sus propias tareas -algunas de las cuales podrán requerir de la colaboración de Agrupaciones Municipales como la de Alajeró-, siempre que éstas no contravengan las directrices y objetivos de la Agrupación Autonómica Canaria.

Interacción entre Secretarios y Tesoreros

Según el Reglamento de Asuntos Contables y Documentación establece en sendos artículos, cuando una Agrupación Territorial decida gestionar de forma independiente sus archivos y/o cuentas, la Junta Directiva Nacional, a través de su Secretario y/o Tesorero -según el caso- nombrará supervisores para garantizar que todo funcione conforme a la ley y a las normas internas de PIRATA.

Si hay una discrepancia entre la Junta Directiva Nacional y la Junta Directiva de una Agrupación Territorial, será el Comité de Derechos y Garantías el encargado de resolverla conforme a sus competencias y procedimientos.

Ejemplos prácticos
  • Si una Agrupación Territorial gestiona las solicitudes de afiliación de ciudadanos residentes en su ámbito territorial, el personal encargado de ello se considerará incluido en el Grupo de Trabajo dependiente del Secretario de la Junta Directiva Nacional, y los que enviaron las solicitudes finalmente aceptadas serán, a todos los efectos, afiliados de PIRATA en la forma estipulada por el Reglamento de Afiliados.
  • Los estándares documentales para cuestiones administrativas y contables serán establecidos por el Tesorero y el Secretario, y deberán ser implementados por todas las Agrupaciones Territoriales -adaptándolos, en el caso de los ámbitos territoriales multilingües, a las diversas lenguas cooficiales-.

Comités de Derechos y Garantías

No es obligatorio para ninguna Agrupación Territorial constituir de inicio un subcomité territorial de Derechos y Garantías; el Comité de Derechos y Garantías puede velar en principio por el respeto a los derechos y el cumplimiento de los deberes de los afiliados y simpatizantes de PIRATA.

No obstante, el Comité de Derechos y Garantías tiene potestad para crear subcomités territoriales que dependerán de dicho Comité, en el caso de que las Agrupaciones Territoriales correspondientes hayan sido previamente constituidas y siempre y cuando la diligencia y la eficacia en la gestión de los expedientes disciplinarios así lo exija. El Reglamento Disciplinario detalla la forma en que el Comité de Derechos y Garantías y los subcomités territoriales procederán dentro de sus competencias.

Interacción entre los Comités Sectoriales y Grupos de Trabajo y las Agrupaciones Territoriales

  • Cuando un Comité Sectorial o un Grupo de Trabajo -se entiende los no dependientes de la Junta Directiva Nacional, pues ya han sido comentados más arriba- quiera ejecutar tareas que requieran la coordinación de las diferentes Agrupaciones Territoriales, contará con la Junta Directiva Nacional para la comunicación con las Juntas Directivas de las Agrupaciones Territoriales. La Junta Directiva Nacional puede eventualmente habilitar canales directos de comunicación para agilizar la operativa.
    • Un ejemplo, como ya hemos comentado en la relación de competencias territoriales, es competencia de una Agrupación Territorial, es servir de enlace entre la gente de su ámbito territorial y RRPP.
    • Puede ser conveniente que cada Agrupación Territorial integre al menos algún miembro en cada Comité Sectorial, para transmitir de forma eficaz y diligente información que pueda ser relevante para la operativa del partido.
  • DIP deberá crear servidores de información para permitir las tareas administrativas de las Agrupaciones Territoriales.